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Preguntas frecuentes sobre seguros de hogar

Encuentra la respuesta a las principales consultas sobre los seguros de hogar que se realizan normalmente en internet.

Índice

¿Porque contratar un seguro del hogar? 

Aunque no sea obligatorio, si es aconsejable ya que, en caso de incendio, inundación, etc. los desperfectos serian considerables y podríamos perder la vivienda.

Personalmente considero la Responsabilidad Civil una de sus coberturas más importantes.

La Responsabilidad Civil, al igual que en otros seguros, nos protege de los desperfectos que podamos ocasionar a terceros y del que somos responsables, o bien como cabeza de familia o como propietario de la vivienda. (Roturas de cañerías, accidentes de los niños, animales domésticos, etc.) 

¿Es obligatorio contratar un seguro de hogar?  

Actualmente no es obligatorio contratar un seguro del hogar, excepto en un caso que es que exista hipoteca sobre la vivienda en una entidad bancaria.

En el caso que fuera un préstamo personal, tampoco existiría obligación alguna. 

¿Si tengo una hipoteca, tengo que contratar el seguro de hogar con el mismo banco?  

La respuesta es NO. Es habitual que, al conceder la hipoteca, el banco intente vincular todos los seguros posibles a la operación hipotecaria, normalmente con el argumento de una supuesta mejora de interés hipotecario.

Pero nunca será obligatorio contratar el seguro en la misma entidad.

Además, si ya tienes una poliza en vigor de tu anterior vivienda, la compañía de seguros donde la tengas contratada, puede hacer un abono del importe no consumido y utilizarlo en la nueva póliza. 

¿Qué es el continente y el contenido? 

El continente en si es la estructura de la vivienda. Para explicarlo de forma sencilla, en una vivienda nueva, tal como la ves cuando entras por primera vez (Columnas, paredes, ventanas, puertas, instalaciones, azulejos, parqué, suelos etc.)

Es decir, todo elemento que este fijo, es el continente. 

El contenido es todo lo que forma parte de la vivienda, pero no forma parte de la estructura. Electrodomésticos, muebles, aparatos electrónicos, etc. 

¿Qué ocurre si tengo objetos de un valor elevado? 

Hay que tener en cuenta que existen lo que se denomina objetos especiales o de alto valor, (joyas, instrumentos musicales, obras de arte, etc.) de los que se deberá informar a la compañía si se desea que queden cubiertos por la póliza 

¿Cuál es la cantidad a asegurar en un seguro de hogar? 

Las mismas compañías de seguros ya tienen herramientas para calcular el continente y el contenido dependiendo de los metros cuadrados, la localidad, si es piso, casa unifamiliar etc. 

En el cuanto al contenido, también se puede hacer una estimación aproximada, pero debemos tener en cuenta el mobiliario, electrodomésticos, etc.

La suma del valor de todos los objetos a asegurar debería ser lo que nos costaría volver a comprarlo todo de nuevo 

 Una buena valoración es muy importante ya que, en caso de siniestro, el dinero que nos reembolse la compañía irá en función de lo que hayamos estipulado que vale nuestra vivienda. 

¿Debo contratar un seguro de hogar si ya existe un seguro comunitario en el edificio?  

Es muy recomendable ya que el seguro de comunidad, generalmente solo cubre los elementos comunes del edificio: las escaleras, el portal, el ascensor y como mucho, alguna tubería en común.

Pero si ocurre algún siniestro especifico en tu vivienda: incendio, robo, desperfecto a un tercero, si no tienes contratado un seguro de hogar, deberás hacerte cargo tu personalmente. 

¿Es conveniente contratar un seguro de hogar si soy el propietario y tengo la vivienda alquilada? ¿Y si el inquilino soy yo?  

No hay obligación alguna en ninguno de los dos casos, pero si sería aconsejable.

Si eres el propietario, lo ideal será que tengas asegurado el continente de la vivienda, así como coberturas que cubran los destrozos que pudiera causar el inquilino, así como los posibles impagos que pudiera haber.

Si eres el inquilino de la vivienda, con un seguro de hogar, tendrás la tranquilidad de tener cubiertos los daños que puedas causar en la vivienda (paredes, puertas, etc.), además de tener protegidos tus objetos personales ante un robo o un siniestro

¿Qué debo hacer en caso de un siniestro? 

En primer lugar, dar parte a la compañía de lo sucedido lo antes posible para que abran el expediente. 

Si el siniestro ocurrido en tu vivienda es grave como, por ejemplo, un incendio, un derrumbamiento, una inundación, etc., intenta tomar fotografías o vídeos de cómo ha quedado todo después de que los servicios de emergencia hayan solucionado el problema.

Toda esa información será de gran ayuda a la hora de obtener una indemnización lo más justa posible. 

 Sin duda, este tipo de siniestros suelen ser de una gran tensión y nerviosismo, pero es de suma importancia mantener la calma y hacer una revisión minuciosa de todo lo que ha sido dañado. 

Después de hacer todo el listado de desperfectos, llama a la compañía del seguro.

La compañía mandará a un perito para valorar todos los desperfectos y en un breve espacio de tiempo, recibirás la oferta de la aseguradora. 

¿Y qué puedo hacer si no estoy de acuerdo con la peritación de la compañía del seguro?

Puede pasar que, después de la valoración del siniestro, esta nos parezca injusta y no estemos de acuerdo con la cantidad que el seguro nos ofrece. 

 En ese caso podemos hacer dos cosas. Una es reclamar a la compañía, que puede estudiar de nuevo los daños y nos dará una respuesta de la nueva valoración en un máximo de dos meses.

La otra opción es acudir a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, que es un organismo Estatal que podría aportar una resolución más objetiva al siniestro. ?  

En el caso de no querer seguir con la póliza, se deberá notificar a la compañía por escrito, como mínimo un mes antes de la finalización de la póliza.

En el caso de que sea la compañía la que desea rescindir el contrato, esta deberá avisar al asegurado en un plazo mínimo de dos meses antes de la finalización del contrato 


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